Reglamento Específico y Plan de Estudios del Grado de Licenciado(A) en Ciencias Veterinarias y Pecuarias y Título de Médico Veterinario(A)

Decreto Universitario Nº006128, de 30 de marzo de 2007

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

El presente reglamento establece las normas particulares para la administración del Plan de Estudios conducente al Grado de Licenciado(a) en Ciencias Veterinarias y Pecuarias y Título de Médico Veterinario(a), que imparte la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias y complementa el Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad, en todo aquello que no resulte incompatible con éste.

TÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS

Artículo 2

Los estudios conducentes al Grado de Licenciado(a) en Ciencias Veterinarias y Pecuarias y Título Profesional de Médico Veterinario(a) comprenden todos los aspectos esenciales de esta área del conocimiento y tienen por objeto procurar el desarrollo equilibrado del conocimiento de disciplinas formativas en el área de las Ciencias Veterinarias.

Una vez completadas todas las actividades curriculares para la Licenciatura y actividades curriculares para el Título Profesional establecidas en el presente reglamento, exceptuando la Memoria de Título o el Examen de Titulación, el estudiante tendrá la condición de egresado.

El egresado de la carrera de Medicina Veterinaria de la Universidad de Chile, se caracterizará por el siguiente perfil: poseer una formación de carácter generalista, científica y tecnológica; estar capacitado para ejercer la profesión y seguir programas de educación continua, imbuido en el espíritu ético y humanista que requiere para comprender y actuar en los diversos ámbitos de la profesión, como: salud, bienestar y producción de especies animales terrestres y acuícolas, la salud pública, la protección y la calidad de los alimentos y la prevención y el control de las enfermedades zoonóticas y emergentes; demostrar competencia para resolver situaciones inéditas y desarrollar capacidades de integración, planificación, gestión, investigación y transferencia en los diferentes campos de actividad profesional; y aplicar conductas orientadas a cautelar las adecuadas interrelaciones entre los animales y el hombre, favoreciendo el desarrollo humano sustentable, en equilibrio y armonía con el medio ambiente.

Este perfil está sólidamente sustentado en las tres condiciones básicas de la persona humana: su ser, su saber y su saber hacer, que se expresan a través del cumplimiento de un conjunto de competencias del egresado, pertinentes a los campos de acción de la profesión.

Las competencias que debe lograr el egresado son:

  1. Desarrollar las competencias genéricas de los estudiantes de la Universidad de Chile, propuestas en la reforma del pregrado para el nuevo plan de estudios.
  2. Poseer una formación básica que le permita comprender los fenómenos biológicos relacionados con los diversos campos de la medicina veterinaria.
  3. Desarrollar los procesos de diagnóstico, prevención, control y tratamiento de enfermedades de las especies animales terrestres y acuícolas, aplicando los conocimientos científicos y las tecnologías apropiadas.
  4. Aplicar conocimientos y criterios adecuados en los sistemas de producción para diferentes especies animales.
  5. Aplicar los conceptos, principios, normas y convenciones que sustentan el cuidado, tenencia, explotación y bienestar de los animales, cautelando el equilibrio ecológico y la preservación del medio ambiente.
  6. Desarrollar procesos de planeamiento, administración, gestión, elaboración y evaluación de proyectos y programas relacionados con la salud animal, producción animal y salud pública.
  7. Comprender el papel que desempeña el médico veterinario como agente de cambio, al aplicar los fundamentos que sustentan el desarrollo rural.
  8. Estar capacitado para controlar la producción de alimentos de origen animal, de acuerdo a los estándares de calidad sanitaria y nutricional.
  9. Conocer y aplicar las biotecnologías utilizables en el campo de la medicina veterinaria.
  10. Conocer y aplicar las disposiciones legales, reglamentos y normas que regulan el ejercicio de la profesión médico veterinaria.
  11. Conocer y aplicar programas de prevención y control de zoonosis, de higiene y protección de alimentos, de salud y gestión ambiental, para la protección y fomento de la salud del hombre.

TÍTULO III

DE LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS ESTUDIOS

Artículo 3

Las actividades curriculares se organizan en un ciclo básico, un ciclo pre-profesional y un ciclo profesional.

Para atender adecuadamente la dinámica propia de la educación por competencias que caracteriza a los planes de estudios de la facultad, en situaciones debidamente calificadas y cuando así convenga, el Director de Escuela, a proposición de la Unidad de Desarrollo Docente, podrá establecer requisitos para algunas de las actividades curriculares.

Para los módulos integradores, se fijarán requisitos mínimos, los que serán establecidos por la Escuela de Pregrado de la Facultad.

Para realizar el Módulo Integrador de Ciclo Pre-Profesional, deberá tener aprobado el Módulo Integrador de Ciclo Básico.

Al finalizar el ciclo pre-profesional el estudiante habrá cumplido con las actividades curriculares de la licenciatura y podrá continuar estudios académicos de grado de magíster o doctorado y/o el ciclo profesional para obtención del título.

Una vez finalizado el ciclo profesional y completado las actividades de titulación el estudiante obtiene el título profesional.

Artículo 4

Los estudios contemplan las áreas de formación general, básica y especializada, indicadas por la Universidad.

Las dos primeras áreas constituyen el  Ciclo Básico de la carrera, en tanto la Formación Especializada se aborda en los Ciclos Pre-profesional y Profesional de ésta.

Artículo 5

Las actividades curriculares se estructuran en base a Espacios Curriculares con sus respectivas Unidades, Módulos Integradores, Módulos de Apoyo, Prácticas Formativas, Internados, cursos electivos básicos, libres y especializados, y cursos de formación general que correspondan al área de formación general de la Universidad.

Artículo 6

Los espacios curriculares son áreas disciplinarias amplias, configuradas por núcleos duros o contenidos fundamentales, que a su vez responden a grandes ejes de conocimientos. Estos ejes de conocimientos permiten cumplir con los objetivos que se derivan de las competencias que deben lograrse. Los contenidos fundamentales de un espacio, se encuentran agrupados en unidades temáticas que son las responsables de desarrollar las estrategias docentes.

Artículo 7

Los espacios curriculares correspondientes a las áreas de Formación General, Básica y Especializada tendrán un mínimo de unidades obligatorias que el estudiante deberá realizar.

El área de Formación General estará constituido por un Espacio Curricular de Formación General con un mínimo de dos unidades, que corresponderán a cursos entregados por el programa de formación general de la Universidad y, un Espacio Curricular de Formación Complementaria, constituidos por las Unidades de INGB, Inglés Beginner e INGP, Inglés Pre-Intermedio y la Orientación a la Medicina Veterinaria, las cuales serán obligatorias. No obstante, el estudiante podrá elegir cursar actividades de formación básica adicionales de su interés personal.

Existirá un Espacio Curricular Electivo de Formación Especializada, de un mínimo de dos unidades o cursos especializados. No obstante, el estudiante podrá elegir cursar actividades de formación especializada adicionales de su interés personal.

Existirá un Espacio Curricular de Actividades Libres, de un mínimo de dos unidades o cursos libres. No obstante, el estudiante podrá elegir cursar actividades libres adicionales de su interés personal.

Artículo 8

Los módulos integradores corresponden a la organización de diferentes bloques de contenidos en función de algunos procesos de aprendizaje y teniendo como propósito integrar las competencias asignadas al espacio curricular.

Los módulos de apoyo constituyen una estructura de información coherente que forma un todo, de tal manera que se puede trasladar a distintas estructuras curriculares al interior de una carrera.

La aprobación del módulo requiere de la evaluación de éste y la obtención de la nota mínima 4,0.

Artículo 9

Las prácticas formativas son actividades de terreno de carácter básico, pre-profesional y profesional.

Su aprobación requiere de la evaluación de ésta y la obtención de la nota mínima 4,0.

Artículo 10

Los internados son actividades integrativas del quehacer profesional en los tres campos de acción del médico veterinario: la medicina animal, la medicina preventiva y los sistemas de producción animal.

Su aprobación requiere de la evaluación de éste y la obtención de la nota mínima 4,0.

Artículo 11

El Plan de Estudios conducente al Grado de Licenciado en Ciencias Veterinarias y Pecuarias, tendrá actividades curriculares obligatorias, electivas y libres. Estas tendrán carácter de formación general, básica y especializada. Estos estudios tendrán una duración de ocho semestres académicos de tiempo completo y completarán un mínimo de 315 créditos.

Artículo 12

El Plan de Estudios de formación profesional comprende un total de 147 créditos. La actividad final de titulación, ya sea una Memoria de Título o un Examen de Titulación  tendrá un equivalente a 30 créditos. Por lo tanto la obtención del Título Profesional contempla un total de 492 créditos.

Artículo 13

Las actividades curriculares de los planes de estudios se ofrecerán de acuerdo con la programación propuesta por la Dirección de la Escuela, con la asesoría de la Unidad de Desarrollo Docente.

TÍTULO IV

DE LA INSCRIPCIÓN, ASISTENCIA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y PERMANENCIA

Artículo 14

Los estudiantes deberán inscribir sus actividades curriculares según indica el Artículo 18 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Artículo 15

La Secretaría de Estudios establecerá para cada semestre el período en el cual se realizará la inscripción de actividades curriculares.

El estudiante podrá modificar la inscripción de actividades curriculares hasta 10 días hábiles después de vencido el plazo para la inscripción de actividades curriculares.

La Secretaría de Estudios de la Facultad confirmará el registro académico definitivo del estudiante al término de la cuarta semana de iniciadas las clases.

Artículo 16

La postergación de actividades curriculares deberá ser solicitada a la Dirección de Escuela, la cual asesorada por la Comisión de Docencia, resolverá de acuerdo a los antecedentes.

La postergación de los estudios se regirá por el Artículo 20 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Artículo 17

La asistencia a las actividades curriculares se regirá por el Artículo 19 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Artículo 18

El rendimiento académico de los estudiantes será calificado de acuerdo a lo indicado en el Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Artículo 19

En cada actividad curricular semestral (unidades, cursos, módulos, prácticas o internados), el estudiante será sometido al siguiente esquema de evaluaciones:

Evaluaciones parciales (pruebas parciales, controles de lectura, seminarios, etc.) 75%
Evaluación integrativa 25%
Promedio final 100%

En caso de un promedio final inferior a 4,0, el estudiante tendrá oportunidad de una evaluación recuperativa, que tendrá un valor de 30% de la nota final, por lo que el promedio final será considerado el 70% de dicha nota final. Si el estudiante no alcanza la nota de aprobación, reprobará la unidad, curso, módulo, práctica o internado correspondiente. La nota de la prueba integrativa deberá ser igual o superior a 4,0; en caso contrario el estudiante deberá dar la prueba recuperativa.

En las actividades curriculares correspondientes a cursos electivos, módulos, prácticas o internados, las evaluaciones serán definidas por el coordinador de la actividad de acuerdo a la modalidad de ésta. Dichas evaluaciones deberán estar contempladas expresamente en el programa del curso. En este sentido, se deberán contemplar al menos dos evaluaciones y la opción de una recuperativa, cuando corresponda.

Las inasistencias a las evaluaciones se regirán por el Artículo 22  del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Artículo 20

El estudiante aprobará una actividad curricular, ya sea unidad, curso, módulo, práctica o internado cuando cumpla con lo establecido en el Artículo 23 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Artículo 21

La repetición de actividades curriculares obligatorias, electivas y libres se regirá por las disposiciones del Artículo 24 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Los estudiantes pueden cursar como máximo dos veces una misma actividad curricular, sea ésta una unidad, curso, módulo, práctica o internado. En caso contrario se incurrirá en causal de eliminación.

Artículo 22

La permanencia de los estudiantes en los programas de la Facultad, se regirá por el Artículo 26 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

El estudiante que, por haber reprobado actividades curriculares, no pueda completar el ciclo (básico, pre-profesional o profesional), tendrá un plazo de dos semestres para pasar de ciclo, sino incurrirá en causal de eliminación, siempre que mantenga la condición de promedio ponderado semestral igual o superior a 4,0.

Artículo 23

Las normas sobre asistencia, evaluación y promoción a que se refiere este reglamento serán complementadas por las disposiciones internas de la Facultad.

TÍTULO V

DE LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE LICENCIADO

Artículo 24

La obtención del grado de Licenciado se regirá por el Artículo 29 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

Artículo 25

La calificación final de la Licenciatura se realizará según lo indicado en el Artículo 30 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

TÍTULO VI

DE LA OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL

Artículo 26

El Título Profesional lo obtendrá el estudiante que cumpla con lo establecido por el Artículo 31 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

TÍTULO VII

DE LA MEMORIA DE TÍTULO

Artículo 27

La Memoria de Título deberá desarrollarse como lo indica el Artículo 33 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

La Memoria se puede iniciar una vez completado el ciclo pre-profesional (8º semestre) y su inscripción, duración y extensión estarán claramente delimitadas por una normativa específica de Memoria de Título.

TÍTULO VIII

DEL EXAMEN DE TITULACIÓN

Artículo 28

El Examen  de Titulación se regirá por lo indicado en el Artículo 34 del Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

El Examen evaluará en el ámbito cognitivo y procedimental, aspectos referidos al manejo de conceptos, principios, procesos, modelos y métodos, necesarios para la realización eficiente de una tarea profesional.

El Examen  de Titulación se efectuará una vez que el estudiante haya cumplido con la totalidad de las exigencias lectivas de la carrera y se encuentre en la categoría de alumno egresado.

Su realización estará claramente definida por una normativa específica de Examen de Titulación.

Artículo 29

La calificación del Título Profesional se realizará considerando los elementos y porcentajes que indica el Reglamento General de Estudios de Pregrado de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias, en su Artículo 35.

TÍTULO IX

PLAN DE ESTUDIOS

Artículo 30

El Plan de Estudios es el conjunto de actividades curriculares organizadas sistemática y secuencialmente, que conducen a la obtención del grado académico de Licenciado y al Título profesional que ofrece la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias.

El Plan de Estudios de acuerdo al Reglamento General de Estudios de Pregrado, estará constituido por las cuatro áreas allí definidas como de formación curricular que, en su conjunto, propenden a obtener la formación integral del estudiante y que corresponden a: Área de Formación General, Área de Formación Básica, Área de Formación Especializada  y Área de Formación Complementaria.

Las actividades curriculares comprendidas en el Plan de Estudios son de carácter obligatorio y electivo.

Artículo 31

El Plan de Estudios de la Licenciatura se desarrollará en ocho semestres lectivos de tiempo completo y comprende un mínimo de actividades curriculares equivalentes a 311 créditos, según las tablas siguientes:

Actividades curriculares para la Licenciatura

Créditos

1. Espacios curriculares básicos (5)

121

2. Espacios curriculares pre-profesionales (5)

121

3. Módulo integrador de ciclo básico (1)

5

4. Módulo integrador de ciclo pre-profesional (1)

5

5. Módulos de apoyo (básicos [4] y especializados [2])

12

6. Práctica formativa básica (3)

10

7. Práctica formativa pre-profesional (1)

4

8. Espacio de formación general (2)

8

9. Espacio de formación básica (3)

13

10. Espacio de formación especializada (2)

8

11. Espacio de formación libre (2)

4

TOTAL

311

PLAN DE ESTUDIOS DE LA LICENCIATURA

Actividad Curricular Horas Créditos
Directas Indirectas Total

1. Espacios curriculares básicos (1° y 2° año)

121

a. Bases moleculares y celulares del organismo animal 33
U1: Bases Moleculares 6 5 11 10
U2: Bases Moleculares y Celulares 6 5 11 10
U3: Bases Celulares 6 5 11 10
Seminario Espacio A 0 3 3 3
b. Desarrollo y estructura del organismo animal 33
U4: Desarrollo y estructura microscópica del organismo animal (anual) 8 6 14 14
U5: Estructura macroscópica del organismo Animal (anual) 11 3 14 14
U6: Bases inmunológicas 3 2 5 5
c. Los animales y su ambiente 15
U7: Diversidad Animal 4 3 7 7
U8: Ecología 2 2 4 4
U9: Conducta animal básica 2 2 4 4
d. Cuantificación de los fenómenos biológicos 20
U10: Métodos de cuantificación 4 3 7 7
U11: Bioestadística 5 4 9 9
U12: Epidemiología general 2 2 4 4
e. Funcionamiento del organismo animal 20
U13: Fisiología I 4 3 7 7
U14: Fisiología II 5 4 9 9
U15: Farmacología general 2 2 4 4

2. Espacios curriculares pre-profesionales (3º y 4º año)

121

f. Enfermedades producidas por organismos vivos 21
U16:  Agentes biológicos patógenos 4 3 7 7
U17:  Enfermedades infecciosas y parasitarias 8 6 14 14
g. Bases Económicas y Administrativas (anual) 10
U18/19: Bases económicas y administrativas 6 4 10 10
h. Patología animal 35
U20: Patología I 7 6 13 13
U21: Patología II 7 6 13 13
U22:  Patología III 2 1 3 3
U23: Patología diagnóstica 4 2 6 6
i. Bases de salud y producción animal 39
U24: Introducción a la  Producción Animal 5 4 9 9
U25: Genética básica 3 2 5 5
U26: Nutrición 4 3 7 7
U27: Alimentación 3 2 5 5
U28: Reproducción 5 4 9 9
U29: Biotecnología reproductiva 2 2 4 4
j. Metodologías de diagnóstico 16
U30: Bases de tecnologías diagnósticas 4 3 7 7
U31: Métodos de exploración clínica 5 4 9 9

3. Módulo integrador de ciclo básico (2º año)

3

2

5

5

4. Módulo integrador de ciclo pre-profesional (4º año)

3

2

5

5

5. Módulos de apoyo

12

I. Básicos 8
Introducción al manejo de la información 1 1 2 2
Ecología de poblaciones 1 1 2 2
Manipulación de información genética 1 1 2 2
Anatomía topográfica 1 1 2 2
II. Especializados 4
Conducta aplicada 1 1 2 2
Planificación 1 1 2 2

6. Prácticas formativas básicas

10

Práctica general básica 1 1 2 2
Práctica clínica básica 2 2 4 4
Práctica de campo básica 2 2 4 4

7. Práctica formativa pre-profesional    

2

2

4

4

8. Espacio de formación general 

8

(mínimo 2 cursos o actividades a elección del Área de Formación General de la Universidad de Chile, con 4cr c/u) 2 2 4 4
2 2 4 4

9. Espacio de formación básica

13

Orientación a la Medicina Veterinaria 2 1 3 3
INGB Inglés Beginner 4 2 6 6
INGP Inglés Preintermedio 2 2 4 4

10. Espacio de formación especializada 

8

(mínimo 2 cursos o actividades a elección, con 4cr c/u) 2 2 4 4
2 2 4 4

11. Espacio formativo libre

4

(mínimo 2 cursos o actividades a elección, con 2cr c/u) 1 1 2 2
1 1 2 2
TOTAL 311

Artículo 32

El Plan de Estudios para la obtención del Título comprende las actividades de la licenciatura más 151 créditos del ciclo profesional, lo que se desarrollará en un mínimo de diez semestres lectivos y posteriormente una actividad final de titulación correspondiente a 30 créditos, según las tablas siguiente:

Actividades curriculares para el Título,Desarrolladas en el ciclo profesional Créditos 
1. Espacios curriculares profesionales (4) 86
2. Módulo de apoyo especializado (1) 4
3. Internados(3) 47
4. Práctica profesional (elige un área) 12
5. Taller de actividades de titulación 2
6. Memoria de Titulo o Examen de Titulación 30
TOTAL 181

PLAN DE ESTUDIOS DEL TÍTULO PROFESIONAL DE MÉDICO VETERINARIO(A)

Actividad Curricular

Horas

Créditos

Directas

Indirectas

Total

1. Espacios curriculares profesionales  (5º año)

86

k. Medicina preventiva y salud pública veterinaria 22
U32: Salud pública veterinaria 3 2 5 5
U33: Gestión ambiental 2 2 4 4
U34: Inocuidad de alimentos 2 2 4 4
U35: Control y aseguramiento de la calidad de los alimentos 5 4 9 9
l. Sistemas de producción animal 31
U43 Obstetricia, ginecología y manejo Reproductivo 4 3 7 7
U36: Manejo productivo ( 2 obligatorios) 12 10 22 22
U37: Impacto ambiental 1 1 2 2
m. Ciencias médico veterinarias 28
U38: Medicina interna nivel I 6 5 11 16
U39: Medicina interna nivel II 3 2 5 5
U40: Anestesiología y cirugía nivel I 3 2 5 5
U41: Anestesiología y cirugía nivel II 1 1 2 2
n. Patología poblacional 5
U42: Patología en explotaciones masivas 3 2 5 5

2. Módulo de apoyo especializado

4

Bases Legislativas 2 2 4 4

3. Internados

47

Internado en medicina veterinaria 13 10 23 23
Internado en producción animal 7 5 12 12
Internado en medicina preventiva 7 5 12 12

4. Práctica profesional ( elige un área)

12

12

5. Taller de actividades de titulación

2

2

6. Memoria de  Título o Examen de Titulación

30

30

TOTAL 181

Artículo 33

Derogase el Decreto Nº003323, de 18 de octubre de 1985, Reglamento y Plan de Estudios de la carrera de Medicina Veterinaria de la Facultad de Ciencias Veterinarias.

Artículo 34

El Plan de Estudios de la carrera de Medicina Veterinaria tendrá la siguiente distribución semestral:

PRIMER AÑO

Primer semestre

ESPACIOS CURRICULARES Unidad HORAS SEMESTRALES HORAS DEDICACIÓN SEMANAL Créditos
Directas Directas Indirectas*
A: Bases moleculares y celulares del organismo animal U1: Bases Moleculares 108 6 4 10
C: Los animales y su ambiente U7: Diversidad Animal 72 4 3 7
D: Cuantificación de los fenómenos biológicos U10: Métodos de cuantificación 72 4 3 7
F: Espacio de Formación básica(mínimo 10 créditos) Orientación a la Medicina Veterinaria (obligatorio 1º semestre) 36 2 1 3
INGB=Inglés Beginner (anual) 72 4 2 6
Módulo de apoyo Introducción al manejo de la información. 18 1 1 2
Total 378 21 14 35

Segundo semestre

A: Bases moleculares y celulares U3: Bases celulares 108 6 4 10
Seminario Espacio A 0 0 3 3
U2: Bases moleculares y celulares 108 6 4 10
B: Desarrollo y estructura del organismo animal U4: Desarrollo y estructura microscópica del organismo animal (anual) 72 4 3 7
U5: Estructura  macroscópica del organismo animal (anual) 72 4 3 7
C: Los animales y sus ambientes U8: Ecología 36 2 2 4
D: Cuantificación de los fenómenos biológicos. U11: Bioestadística. 90 5 4 9
F: Espacio de  Formación Básica  ( mínimo 10 créditos) INGP=Inglés Preintermedio 36 2 2 4
Practica General Básica 24 1 1 2
Total 546 30 26 56

SEGUNDO AÑO

Tercer semestre

B: Desarrollo y estructura del organismo animal U4: Desarrollo y estructura microscópica del organismo animal(anual) 72 4 3 7
U5: Estructura macroscópica del organismo animal (anual) 72 4 3 7
E: Funcionamiento del organismo animal U13: Fisiología I 72 4 3 7
C: Los animales y su ambiente U9: Conducta animal 36 2 2 4
D: Cuantificación de los fenómenos biológicos U12: Epidemiología general 36 2 2 4
G: Bases económicas y adm. U18:Bases económicas y administrativas (anual)  54 3 2 5
Espacio de formación general (U de Chile) Electivo de formación  general 1  36 2 2 4
Práctica Clínica Básica 36 2 2 4
Práctica de campo básica  44 2 2 4
Espacio de formación especializada Electivo especializado 1 36 2 2 4
Total 494 27 23 50

Cuarto semestre

Módulo de apoyo Ecología de poblaciones 18 1 1 2
B: Desarrollo y estructura del organismo animal U6: Bases inmunológicas 54 3 2 5
E: Funcionamiento del organismo animal U14: Fisiología II 90 5 4 9
U15: Farmacología general  36 2 2 4
F: Enfermedades producidas por organismos vivos U16: Agentes biológicos patógenos 72 4 3 7
G: Bases económicas y administrativas U19: Bases económicas y administrativas (anual) 54 3 2 5
I: Bases de salud y producción animal U24: Introducción a la producción animal 90 5 4 9
Módulo de ciclo Módulo integrador de ciclo básico 54 3 2 5
Espacio de formación libre Electivo libre 1 (mínimo 2) 18 1 1 2
Total 486 27 21 48

TERCER AÑO

Quinto semestre

Módulo de apoyo Manipulación de información genética 18 1 1 2
F: Enfermedades producidas por organismos vivos U17: Enfermedades infecciosas  y parasitarias 144 8 6 14
H: Patología animal U20: Patología I 126 7 6 13
I: Bases de salud y producción animal U26: Nutrición 72 4 3 7
J. metodologías de diagnóstico U30: Bases de tecnologías diagnósticas 72 4 3 7
Espacio de formación especializada Electivo especializado 2  36 2 2 4
Total 468 26 21 47

Sexto semestre

Módulo de apoyo Anatomía topográfica 18 1 1 2
H: Patología animal U21: Patología II 126 7 6 13
I: Bases de salud y producción animal U25: Genética básica 54 3 2 5
U27: Alimentación 54 3 2 5
J: Metodologías de diagnóstico U31: Métodos de exploración clínica 90 5 4 9
Espacio de formación general (U. de Chile) Electivo de formación general 2  36 2 2 4
Espacio de formación libre Electivo libre 2  18 1 1 2
Total 396 22 18 40

CUARTO AÑO

Séptimo semestre

Módulo de apoyo Conducta aplicada 18 1 1 2
H: Patología animal U22: Patología III 36 2 1 3
U23: Patología diagnóstica 72 4 2 6
I: Bases de salud y producción animal U28: Reproducción 90 5 4 9
U29: Biotecnología reproductiva 36 2 2 4
M: Ciencias médico veterinarias U38: Medicina interna nivel I (anual) 108 6 5 11
K: Medicina Preventiva y salud pública veterinaria U32: Salud pública veterinaria 54 3 2 5
Total 414 23 17 40

Octavo semestre

Módulo de apoyo Planificación 18 1 1 2
K: Medicina preventiva y salud pública veterinaria U33: Gestión ambiental 36 2 2 4
U34: Inocuidad de alimentos 36 2 2 4
L: Sistemas de producción U36_I: Manejo productivo (elige un sistema productivo) 108 6 5 11
U43:Obstetricia, ginecología y manejo reproductivo 72 4 3 7
M: Ciencias médico veterinarias U38: Medicina interna nivel I (anual) 54 3 2 5
Módulo de ciclo Modulo integrador de ciclo pre-profesional 54 3 2 5
Práctica Pre-profesional (elige un área) (finalizado el 8°semestre) 44 2 2 4
Total 422 23 19 42

QUINTO AÑO

Noveno semestre

K: Medicina preventiva y salud pública veterinarias U35: Control  y aseguramiento de la calidad de los alimentos 90 5 4 9
L: sistemas de producción U36_II: Manejo productivo (elige un sistema productivo) 108 6 5 11
U37: Impacto ambiental 18 1 1 2
M: Ciencias médico veterinarias U39: Medicina interna nivel II 54 3 2 5
U40: Anestesiología y cirugía nivel I 54 3 2 5
U41: Anestesiología y cirugía nivel II 18 1 1 2
N: Patología poblacional  U42: Patología en explotaciones masivas 54 3 2 5
Módulo de apoyo Bases legislativas 36 2 2 4
Taller Taller de actividades de titulación 18 1 1 2
Total 450 25 20 45

Décimo semestre

Internados Internado de Medicina Veterinaria 234 13 10 23
Internado de Producción Animal 117 7 5 12
Internado de Medicina Preventiva  117 7 5 12
Práctica profesional (elige un área) (una vez finalizado el Internado) 88 7 5 12
Total 556 34 25 59

Hora indirecta = 0,75 de hora directa (aprox.) ** Crédito = horas directas + horas indirectas

Horas y créditos Período lectivo (1° a 5° año) Horas Créditos
Licenciatura 3.172 315
Profesional 1.438 147
Total 4.610 462
Memoria o Examen General 540 30
Total de la carrera 5.150 492
Áreas de Formación
Básica 1.688 169
Especializada 2.922 293
Total 4.610 462
Memoria o Examen General 540 30
Total de la carrera 5.150 492
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